Organismos Técnicos de capacitación (OTEC), son instituciones autorizadas por SENCE para dar servicios de capacitación: universidades, institutos profesionales, centros de formación técnica etcétera. Estos organismos pueden ser contratados directamente por las empresas y, además, pueden concursar para ejecutar programas de becas SENCE.
Entre las características fundamentales que deben tener los cursos de capacitación laboral, se encuentran las relacionadas con que deben responder a necesidades específicas de capacitación orientadas a puestos de trabajo u ocupaciones definidas, manteniendo criterios de relevancia, pertinencia, coherencia interna y viabilidad.
Los OTEC segmentan el mercado según se trate de empresas grandes o pequeñas. A los primeros los abordan a través de ofertas específicas, dirigidas y negociables; a los segundos con ofertas abiertas al mercado, publicitadas por los medios de comunicación, estandarizadas y no negociables.
En el caso de las grandes empresas, es cada vez más frecuente que exista una negociación directa con el OTEC, producto de ello, se acuerdan las cualidades del curso y su precio final. Estas empresas se perciben así mismas como un mercado potencial para el OTEC, en estos casos, se discute tanto el contenido de las materias como los requisitos del relator en relación a las necesidades de las empresas.
Esto implica que las empresas valoran tratar directamente la formación de los cursos, porque les supone un mayor control sobre los mismos. Al mismo tiempo, que perciben a los OTEC como organismos dúctiles que se adecuan a las posibilidades de la empresa y que no se ubican en posiciones dogmáticas al momento de negociar el tipo de capacitación que la empresa requiere. En consecuencia, los OTEC son percibidos como “aliados estratégicos de las empresas grandes”.
Los OTEC no desarrollan un tipo de relación estrecha con las empresas de menor tamaño. En estos casos, desarrollan estrategias abiertas para este sector. Coincidiendo con estas motivaciones, los OTEC en este mercado son fijadores de precios (los fijan con alguna referencia en los precios del mercado) y abordan la demanda a través de los mecanismos tradicionales del mercado de la capacitación, esto es, avisos por la prensa escrita, Internet o publicaciones especializadas.
Por el lado de la oferta se observa que los OTEC perciben a las empresas pequeñas como un mercado poco atractivo, el sector no es percibido como un gran negocio. Por lo tanto, en este segmento del mercado, no suplen la función de los OTIC. Esto da origen a una función de alto valor agregado para los intermediadores (OTIC).
Para las empresas, en general, el precio no es una variable demasiado influyente al momento de contratar cursos SENCE. Existe una gradación desde las empresas que preseleccionan ciertas OTEC de acuerdo a ciertas características, como la calidad de sus servicios o la confianza que han adquirido en el pasado, y luego escogen de acuerdo a precios, hasta aquellas que sólo escogen al OTEC porque consideran necesario su curso sin considerar de manera relevante el precio.
Por el contrario, los empresarios son mucho más sensibles a una evaluación a priori de calidad basada en el reconocimiento del mercado hacia los OTEC. Esto demuestra que este subsidio por diseño, permite que el sistema adquiera una orientación automática hacia la calidad.
En esta misma línea, el año 2003 se promulgó la ley Nº 19.967 que modifica la Ley 19.518, y que, como principal novedad estableció la exigencia que cualquier organismo que quiera ser autorizado como OTEC y, por ende, pueda operar a través de la franquicia tributaria, deberá establecer como único objeto social la prestación de servicios de capacitación. Adicionalmente determinó que todo nuevo organismo de capacitación deberá encontrarse certificado bajo la Norma Ch2728 para poder ser acreditado como OTEC.
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